REFLEXIÓN SOBRE LOS DECRETOS Y LA MEDIACIÓN
Como ya expusimos la semana pasada en clase,
la mayor diferencia existente entre los decretos de la Comunidad de Madrid y la
de Castilla la Mancha es el modo de solucionar los conflictos.
En el decreto de la Comunidad de Madrid se
presentan una serie de faltas, leves y graves, y las sanciones o castigos correspondientes
en ambos casos.
En el decreto de Castilla la Mancha, además
de presentar también las faltas y sus debidas sanciones, se especifica los
pasos a seguir para llevar a cabo un proceso de mediación, proceso que,
personalmente, es el más adecuado para solucionar realmente un conflicto, pues
se profundiza en el problema, se dialoga con los alumnos o profesores
implicados, que expresan sus sentimientos y se llega a una solución conjunta y
consensuada.
En resumidas cuentas, la Comunidad de Madrid
establece una resolución de conflictos basada en el modelo punitivo, mientras
que Castilla la Mancha lo hace basándose en el modelo integrado.
Esto me lleva a la reflexión sobre los modelos
de resolución de conflictos.
En primer lugar, se encuentra el modelo
punitivo. Este modelo es el más usado a lo largo de toda la carrera educativo
de los alumnos. Con este modelo, el
conflicto se resuelve de una manera rápida aunque ineficaz, pues el profesor se
limita a castigar al (supuesto) agresor, sin molestarse en conocer el porqué de
la situación conflictiva.
En segundo lugar; el modelo relacional. Con
él se fomenta la comunicación entre las partes enfrentadas para que sean
capaces de resolver su propio conflicto. Este modelo es más eficaz que el
modelo punitivo, aunque en muchos casos puede que no se llegue a la solución
deseada, pues es muy difícil que dos personas peleadas o en desacuerdo se
calmen o cedan lo suficiente como para resolver la disputa.
En tercer y último lugar; el modelo
integrado. Coincide con el modelo relacional en que trata de resolver el conflicto
mediante el diálogo entre las partes. La diferencia radica en la manera de
plantear este diálogo, pues en el modelo integrado se cuenta con uno o varios
mediadores para facilitarlo. Durante la conversación con los mediadores, las
partes contarán lo sucedido (sin interrupciones) y como se sienten al
respectos. Gracias a esto, se fomenta la empatía y hace posible llegar a una solución
consensuada del conflicto.
Una vez descritos todos los modelos, puedo
concluir que el más adecuado y eficaz es el modelo integrado, pues no sólo
soluciona un conflicto, si no que gracias a ello convierte este conflicto en un
hecho puntual, es decir, que es más que probable que no se vuelva a repetir y se llegue a dar una relación cordial entre las
partes.
Con el modelo punitivo se consigue el efecto
contrario, pues al limitarse a castigar, las partes no solucionan realmente el
problema, fomentando lo que se puede convertir en una enemistad que dure años y
años, llegando a producir inestabilidad tanto personal como académica.
A nivel personal, a lo largo de mi
trayectoria educativa, he presenciado como forma habitual de solucionar algún
conflicto, el modelo punitivo, aunque no he vivido situaciones directas, por lo
que tampoco he vivido las consecuencias de este modelo.
Algunas de mis compañeras, por el contrario,
sí que han experimentado directamente este modelo, pues, durante un debate en
clase, explicaron algunas situaciones personales en las que, por ejemplo,
habían sido castigadas (aplicando el modelo punitivo) de forma injusta.
Considero que este modelo se utiliza
principalmente, por la dejadez del profesorado y la plantilla educativa, pues
les resulta más cómodo castigar automáticamente a los alumnos que iniciar un
proceso de mediación.
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